Si su visa de estudiante está vencida puede ser deportado

Víctor Caycho
Washington Hispanic

Quienes tengan visas F, J y M de estudiantes o como visitantes de intercambio ‘no inmigrantes’ y hayan completado su programa de estudios o se les venza el formulario I-94, deberán dejar el país en el plazo más breve posible si es que no quieren afrontar el riesgo de una deportación.

Esta situación se dará con las nuevas políticas anunciadas el viernes 11 por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) que cambian la manera de calcular la presencia ilegal de estudiantes y visitantes de intercambio.

De acuerdo a la disposición, las personas con estas visas quedarán fuera del estatus legal al día siguiente que concluyan sus estudios o cuando su I-94 esté vencida.

Quienes violen esta nueva restricción serán deportados, advirtió la agencia.

Esta política entrará en efecto el próximo 9 de agosto y, según explicó USCIS en un comunicado, tiene por objeto evitar que dichos estudiantes permanezcan en el país indefinidamente.

“Los (portadores de visas) no inmigrantes F, J y M son admitidos en Estados Unidos para un propósito específico, y cuando ese propósito ha terminado, esperamos que se vayan u obtengan otro estatus legal de inmigración”, afirmó L. Francis Cissna, director de USCIS.

“El mensaje es claro –añadió-, estos no inmigrantes no pueden permanecer más tiempo del establecido en sus periodos de admisión o violar los términos de admisión y permanecer ilegalmente en Estados Unidos”.

Escala de sanciones

Las siguientes sanciones aplican para los estudiantes con visas F, J y M que se queden ilegalmente en el país.
▪ Quienes hayan acumulado más de 180 días de presencia ilegal durante una sola estadía y luego salgan del país, no podrán regresar por un período de tres a 10 años.

▪ Quienes hayan estado ilegalmente por más de un año, ya sea en una sola estadía o en varias, podrían no volver a ser admitidos legalmente en EEUU.

▪ Aquellas personas sujetas a los vetos de admisión de 3 años, 10 años o de presencia ilegal permanente, generalmente no son elegibles para solicitar visa, admisión o ajuste de estatus al de residente permanente, a menos que sean elegibles a una exención de inadmisibilidad u otra forma de alivio de inmigración.

SIN CARÁCTER RETROACTIVO

• La abogada de inmigración Celia Rivas, quien trabaja con Caridades Católicas, dio a conocer que este cambio de política de USCIS no tendrá efecto retroactivo en los casos de personas con visa F que ya dejaron de estudiar y que están en el proceso de ser residentes permanentes si, por ejemplo, se casaron con un ciudadano estadounidense.
• “Si la persona se ha casado con un ciudadano y ya está gestionando su residencia permanente no pasa nada, ya está protegida”, sostuvo, en declaraciones a Washington Hispanic.
• “Pero si esa persona no ha hecho nada para cambiar su estatus, allí si hay riesgos”, advirtió.