Lo que usted debe saber sobre sus beneficios del Seguro Social
Diana Varela
Especialista en Relaciones Públicas, Administración de Seguro Social, área metropolitana de Washington, DC
Pregunta:
¿Cuál es la mejor edad para jubilarse? Algunos amigos dicen que es mejor a los 62 años, pero otros dicen que es mejor a los 70 años. Estoy confundido y deseo saber la respuesta…
Respuesta:
El decidir cuándo empezar a recibir los beneficios es una decisión personal. Solo usted puede determinar cuál es la mejor edad para jubilarse. Usted debe tomar en cuenta ciertos factores como ser: trabajo actual, ingresos, su salud y la de su familia, ahorros y obligaciones financieras, entre otros. Deseamos hacerle saber que lo más temprano son 62 años de edad y haber trabajado por lo menos por 10 años. Si usted solicita a los 62 años, sus beneficios serán reducidos permanentemente. Si solicita a su edad plena de jubilación, usted recibirá 100 por ciento de sus beneficios, y si espera a recibir los beneficios a los 70 años, recibirá un aumento sustancial. Revise su Estado de Cuentas para obtener información personalizada sobre sus beneficios de Seguro Social. Para mayor información visite www.socialsecurity.gov
Pregunta:
¿Es cierto que debo completar una solicitud para beneficios un año antes?
Respuesta:
No. Le recomendamos que solicite por sus beneficios de Seguro Social tres meses antes de que desee que sus beneficios comiencen. Usted puede completar la solicitud en línea, o puede llamar a la línea de información general 1-800- 772-1213 para hacer una cita.
Pregunta:
¿Cuánto me pagarán de beneficios si solo trabajé por 26 años?
Respuesta:
Usted puede obtener esta información personal al crear una cuenta en línea y tener acceso a su Estado de Cuentas del Seguro Social. Los beneficios para cada trabajador se calculan individualmente teniendo en cuenta los años que el trabajador contribuyo en el sistema, las ganancias que tuvo durante esos años y al edad en la que le trabajador decide empezar a recibir los beneficios.
Usted puede obtener una copia electrónica de la hoja de datos titulada “Como se calculan los beneficios” en nuestro sitio de internet www.socialsecurity.gov