DACA sigue vigente para actuales beneficiarios

A pesar de la reciente decisión de un juez que declaró ilegal a la regulación del programa DACA de 2022, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) aclaro que sus actuales beneficiarios siguen manteniendo sus privilegios intactos y que pueden solicitar y recibir la renovación.

“No hay cambios en las subvenciones actuales de acción diferida, que son los Documentos de autorización de empleo (EAD) de DACA y el permiso anticipado, otorgados bajo el programa original de 2012. Esas subvenciones y EAD siguen siendo válidas”, explicó el DHS.

Dichos recordatorios son dirigidos a los beneficiarios de DACA y también a los empleadores, reiterando que la autorización de trabajo continúa vigente después de la última decisión en el litigio de DACA.

“Como resultado de estos fallos, los beneficiarios existentes de DACA pueden solicitar y recibir la renovación, aunque el gobierno no pueda otorgar nuevas solicitudes de DACA”, señala el documento.

Asimismo, indica que la orden más reciente del tribunal “no requiere que el DHS o el Departamento de Justicia tomen ninguna acción de inmigración, deportación o penal contra ningún beneficiario, solicitante o cualquier beneficiario de DACA.

Algunos de los recordatorios que hace el DHS sobre la discriminación laboral y los derechos de los empleados inmigrantes son los siguientes:

  • Los beneficiarios de DACA con EAD vigentes continúan estando autorizados a trabajar.
  • Los trabajadores que ya tienen DACA pueden continuar renovando sus respectivos EAD.
  • Esos beneficiarios no están obligados a informar a sus empleadores que tienen DACA.
  • No se espera que los empleadores sepan qué empleados, si los hay, tienen DACA, y las decisiones judiciales sobre DACA no requieren que los empleadores revisen los Formularios I-9, vuelvan a verificar la autorización de empleo o tomen acción alguna.
  • No se requiere ni se anima a los empleadores a preguntar a sus empleados o solicitantes de empleo sobre su estatus migratorio o si tienen DACA.
  • Despedir a empleados que tienen el derecho legal a trabajar, como los beneficiarios de DACA con EAD, basándose en su estatus migratorio, origen nacional o suposiciones sobre estas características puede violar la ley federal, estatal o local.
  • Los empleadores generalmente no deben preguntar a los solicitantes de empleo ni a los empleados su información específica sobre ciudadanía o estatus migratorio.
  • Los beneficiarios de DACA no tienen que ofrecer voluntariamente información sobre su estatus migratorio a sus empleadores.
  • Al contratar a un nuevo empleado, los empleadores deben verificar la identidad del empleado y su autorización para trabajar, no su estatus migratorio. Los empleadores utilizan el Formulario I-9 para este proceso.
  • Las reglas del Departamento de Seguridad Nacional para verificar la autorización de trabajo de un empleado explican que los empleadores deben aceptar documentación que razonablemente parezca genuina y relacionada con el empleado, y no pueden rechazar documentos debido a una fecha de vencimiento futura.
  • Los empleadores no deben cuestionar si la documentación del Formulario I-9 de un empleado es válida debido a la ciudadanía, el estado migratorio o el origen nacional del empleado. Los empleadores que tratan a los empleados de manera diferente al verificar la autorización de trabajo basándose en estas u otras características protegidas podrían violar la ley federal.