Fue deportada por su publicación en redes sociales

Hay muchas personas que publican en redes sociales cada aspecto de su cotidianidad, desde la taza de café que compraron en la esquina hasta cualquier desventura en el trabajo. Cada paso es ‘fotografiable’, cada evento es ‘instagrameable’ y cualquier situación es excusa para una ‘selfie’.

Pero qué ocurre cuando hacer público su entorno le juega en contra, en especial si no cuentan con que un oficial de inmigración podría requerir sus dispositivos electrónicos y sus respectivas contraseñas para revisar su huella digital en cualquier aeropuerto de entrada al país. Entonces vale la pena preguntar: ¿Es una violación a su privacidad? ¿La ley lo permite?

El costo es alto para muchos inmigrantes, como el caso reciente de una mujer que fue deportada tras llegar al aeropuerto de Houston procedente de Guatemala. Su “pecado migratorio” fue haber trabajado en un viaje anterior mientras era titular de una visa de turista, algo que quedó registrado en sus redes sociales, a las que tuvieron acceso los funcionarios de inmigración cuando revisaron su teléfono por más de una hora.

Después de hurgar en las páginas de las redes sociales de las personas, por ejemplo, los funcionarios del Departamento de Seguridad Nacional informan que han encontrado instancias en las que el solicitante de una tarjeta verde basada en el matrimonio (residencia permanente legal) declara en Facebook que su estado civil es «soltero», un hecho que definitivamente pesa en contra del solicitante.

Otras formas en las que un solicitante puede generar dudas o inquietudes en la mente de los funcionarios de inmigración son infinitas:

  • Publicar muchas fotos de momentos divertidos con amigos pero no con el (o la) cónyuge ciudadano(a) estadounidense,
  • Alardear de haber participado en actividades delictivas o de torpeza moral, o
  • Mencionar el uso ilegal de drogas (un motivo de inadmisibilidad).