Juez para deportaciones al Salvador

Un juez federal ha emitido un fallo significativo que impide a la administración Trump deportar a venezolanos desde Texas bajo la Ley de Enemigos Extranjeros (Alien Enemies Act).

El juez del Tribunal de Distrito de EE.UU., Fernando Rodríguez Jr., dictaminó que esta ley de tiempos de guerra del siglo XVIII no puede ser utilizada contra personas que la administración afirma que son miembros de pandillas que están invadiendo Estados Unidos. Rodríguez Jr., nominado por Trump en 2018, es el primer juez en pronunciarse de esta manera.

Sin embargo, afirmó que “la invocación de la Ley de Enemigos Extranjeros (AEA, por sus siglas en inglés) por parte del Presidente a través de la Proclamación excede el alcance del estatuto y contradice el significado claro y ordinario de los términos de la ley”.

En marzo, el expresidente Donald Trump emitió una proclamación en la que alegaba que la pandilla venezolana Tren de Aragua estaba invadiendo Estados Unidos. Afirmó que tenía poderes especiales para deportar a migrantes identificados por su administración como miembros de pandillas, sin los procedimientos judiciales habituales.

La Ley de Enemigos Extranjeros solo ha sido invocada tres veces en la historia de EE.UU., la más reciente durante la Segunda Guerra Mundial, cuando se utilizó para internar a estadounidenses de origen japonés. La proclamación de Trump provocó una ola de litigios mientras la administración intentaba deportar a migrantes que decía eran pandilleros hacia una prisión notoria en El Salvador.

El fallo de Rodríguez marca la primera orden judicial permanente que prohíbe formalmente el uso de esta ley por parte de la administración, afirmando que el presidente está haciendo un uso indebido de la misma.

Si la administración apela, el caso pasaría primero al Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito, con sede en Nueva Orleans.

La Corte Suprema ya se ha pronunciado una vez sobre el tema de las deportaciones bajo esta ley. Los jueces indicaron que los migrantes acusados de ser miembros de pandillas deben recibir un “tiempo razonable” para impugnar su expulsión, aunque no especificaron la duración de dicho plazo.

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